Clausuras y re liquidación de impuestos
La Ley de Inclusión Financiera otorga una rebaja en el IVA a consumidores que utilicen medios de pago electrónicos (tarjetas de débito, de crédito y otros), asimismo, la utilización de estos medios de pago, fomenta la formalización de la economía y reduce la evasión, por lo que el Estado y los consumidores se ven claramente beneficiados por este régimen.
Por estos motivos, no permitir el uso de tarjetas de débito en comercios con importante facturación anual, es considerado un factor de riesgo fiscal, teniendo en cuenta que para el volumen de ventas de dichos comercios, el acceso a las tecnologías para permitir estas formas de pago, es de un costo más que razonable.
La DGI, utilizando herramientas de inteligencia fiscal que le permite cruzar este dato con otras informaciones, ha estado realizando controles en decenas de comercios en varios rubros, teniendo todos como común denominador, el no permitir el pago de sus clientes con tarjeta y/o ofrecer importantes descuentos por pago contado.
De estos primeros controles surge que casi el cien por ciento de los comercios fiscalizados deberán reliquidar impuestos y en algunos se detectaron irregularidades de tal magnitud que generan mérito para clausura.
El Director de DGI, Lic Joaquin Serra afirmó que estos operativos se enmarcan dentro de las obligaciones de la Administración Tributaria, cuyas actuaciones están orientadas a que todos los contribuyentes cumplan con la ley, garantizar un marco de competencia leal y asegurar que los consumidores accedan a beneficios a los cuales tienen derecho.
Fuente: www.cambadu.com.uy